La investigación privada como herramienta al servicio de RRHH y las políticas de Compliance exigidas a empresas e instituciones
Cuando una persona piensa en la investigación privada en el ámbito laboral siempre se le viene a la cabeza la imagen del detective siguiendo a trabajadores para investigación ante posibles bajas fingidas o el bajo rendimiento de los trabajadores, donde evidentemente ha quedado probado por infinidad de sentencias la herramienta legal y operativa que somos los detectives contra el fraude o abuso de los empleados. “El año pasado se perdieron 1.800 millones horas de trabajo, lo que equivale a que casi un millón de trabajadores no acudan a su puesto de trabajo en todo el año. El coste estimado de este absentismo asciende a 39.000 millones de euros”.
Pero en la actualidad, contar con nuestros servicios de investigación privada se traduce en una ventaja competitiva para la empresa, institución o consultora de recursos humanos.
Nuestras investigaciones pre laborales y verificación de currículums, se han convertido en uno de los servicios más demandados ante la necesidad de cazar talento idóneo para nuestras empresas. La razón, principal es que el detective privado como profesional regulado, es el único profesional que puede investigar sin informar al investigado. La AEPD mediante las resoluciones emitidas E-00128/2004 y E-007/2005, eximen de forma exclusiva a los Detectives Privados de comunicar al investigado que se va a iniciar una investigación en torno a su persona, por supuesto porque contamos con una Ley que nos regula y con las garantías legales exigidas bajo los principios de idoneidad, proporcionalidad, razonabilidad y necesidad.
Nos convertimos en un observador invisible con el seguimiento físico o digital, pero también podemos realizar investigaciones encubiertas para obtener información a través de entrevistas y aportando nuestras habilidades de comunicación o digitales. Estás técnicas son habilidades claves para cualquiera que desee ser detective privado, y están en nuestra formación de carácter universitario, de hecho somos expertos formados en la obtención de información de fuentes humanas (HUMINT), tratados por el TS como testigos cualificados y/o peritos, con aval legal para esa obtención y de datos, ante un encargo (contrato) de terceros legitimados, como serían los casos expuestos en este artículo.
Nuestros clientes son empresas de soluciones de Recursos Humanos, tanto en el plano nacional como en el actual y competitivo panorama internacional, donde se vive una verdadera caza de profesionales cualificados, sobre todo a la hora de contratar directivos y perfiles más demandados, también los responsables legales o directamente los órganos de dirección de las empresas y/o instituciones.
La selección idónea del profesional una vez pasado los filtros y captación de recursos humanos, es tener un informe pre laboral del candidato, hecho por detectives habilitados.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impuso una sanción a una empresa, por no informar de sus derechos a los participantes en un proceso de selección de personal.
Además en el actual marco compliance y normativas que se están desarrollando, no debemos olvidar que “ el 70% de los directivos considera “habitual” el soborno y la corrupción en España”, por lo que imprescindible, el escrupuloso cuidado de la selección desde el origen para prevenir cualquier situación de crisis reputacional posterior.
El informe de investigación privada al servicio de buen gobierno de las consultoras de RRHH, de los compliance officer designados in o outsourcing, los directores de seguridad o abogados, son una herramienta para su labor de prevención de riesgos, para el desarrollo de las políticas de cumplimiento normativo de una empresa o institución.
De hecho ante un proceso judicial es imprescindible demostrar que se contaba con un sistema de prevención penal adecuado y que la empresa habían tomado las medidas necesarias para no incurrir en delitos y evitar sanciones de cualquier índole.
👉Porque ante la sospecha de una comisión de delito penal el detective es el profesional indicado para la realización de investigaciones corporativas, puesto que la obtención de información y pruebas sobre hechos relativos al ámbito civil, laboral, mercantil, financiero o personal no constituye investigación de delitos como reza en palabras del TS: la investigación de sospechas no es investigación de delitos. Sentencia de especial interés para el ámbito y profesionales del compliance penal, con los que tenemos estrecha colaboración.
Claro, en este punto, lo que es IMPRESCINDIBLE es contratar despachos habilitados y no buscar atajos con intrusos, para no llevarse sustos innecesarios con consecuencias desastrosas para la reputación empresarial, con expertos o investigadores, que no están habilitados como detectives, y después en sede judicial no son reconocidos por sus Señorías y Ilmos/as magistrados.
En el Grupo InvesMedia contamos con la habilitación que exige el Ministerio de Interior y la aceptación del Ministerio de Justicia para prestar servicios de investigación y para que nuestros informes sean admitidos en procesos judiciales, respectivamente. Así como herramienta para la mediación o para fines de inteligencia de las empresas y/o instituciones.



